
LA NEGATIVA DE UN TRABAJADOR/A, A SOMETERSE A PRUEBAS DE CONTROL PCR, ANTE UN BROTE DE COVID EN EL CENTRO DE TRABAJO, PUEDE SER CAUSA DE DESPIDO DISCIPLINARIO. Así lo ha entendido el TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA, Sala de lo Social, en su sentencia de ocho de noviembre dos mil veintidós, en el Recurso de Suplicación 1952/2022, confirmando íntegramente la dictada en su día por el Juzgado de lo Social 4 de Castellón de fecha veintisiete de diciembre dos mil veintiuno. Las resoluciones judiciales citadas, entendieron que, en base a la excepción contenida en el segundo párrafo del artículo 22.1 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en donde las situaciones de grave riesgo para la salud del propio trabajador, trabajadores o personas relacionadas con la empresa, obligan a los mismos a someterse a controles sanitarios, para verificar su estado de salud. En el presente caso, la trabajadora, p...